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Legislación › Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales.

Artículo 57. Extinción.

Artículo 57. Extinción.

La garantía para menores acogidos se extinguirá por las siguientes causas:

a) Cese efectivo de la convivencia con la familia acogedora o fin de la medida de protección.

b) Mayoría de edad o emancipación.

c) Fallecimiento del menor o de la persona acogedora, en caso de familias monoparentales.

d) Incumplimiento de las obligaciones inherentes al acogimiento.

e) No aplicación de la prestación a la finalidad para la que fue concedida.

f) Falsedad u ocultación de datos determinantes para la concesión de la prestación.

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