Legislación › Ley 18/2020, de 28 de diciembre, de facilitación de la actividad económica.
Disposición final sexta. Actualización del anexo.
Disposición final sexta. Actualización del anexo.
Las actualizaciones del anexo pueden ser aprobadas por orden del consejero del departamento competente en materia de empresa, previa audiencia de la Comisión para la Facilitación de la Actividad Económica a que se refiere el artículo 21.
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