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Legislación › Real Decreto 900/2021, de 19 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Balonmano y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

Artículo 4. Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Balonmano.

Artículo 4. Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Balonmano.

1. El título de Técnico Deportivo en Balonmano tendrá como especializaciones:

a) Balonmano escolar.

b) Balonmano de personas con discapacidad.

c) Balonmano playa.

2. El Ministerio de Educación y Formación Profesional, a propuesta del Consejo Superior de Deportes y previa consulta de los órganos competentes en materia de deportes de las comunidades autónomas y de la Real Federación Española de Balonmano, establecerá los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de estas especializaciones.

Se modifica la letra b) del apartado 1 por el art. 11.1 del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. BOE-A-2026-14332

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de julio de 2026 En vigor BOE-A-2026-14332 Leer Qué cambió
7 de noviembre de 2021 Texto original Leer

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