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Legislación › Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, de lucha contra el dopaje en el deporte.

Disposición transitoria tercera. Reincidencia bajo diferentes normativas.

Disposición transitoria tercera. Reincidencia bajo diferentes normativas.

A efectos de lo dispuesto en los apartados 6 y 7 del artículo 28 de esta ley, cuando la anterior o anteriores infracciones se hubieran cometido bajo la vigencia de la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, el periodo de sanción para esta primera infracción se calculará aplicando las normas de la presente ley.

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