Legislación › Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón.
ANEXO IV
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de diciembre de 2020 y la del 9 de mayo de 2021.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (58 palabras).
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ANEXO IV
Ámbitos territoriales a los que se refiere el artículo 34
Municipios de más a) El municipio de 100.000 habitantes Calatayud.
Municipio ·
Fecha b) El municipio de efecto del confinamiento perimetral · Jaca.
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Municipios c) La comarca del Campo de entre 10.000 y 100.000 habitantes Borja.
Municipio ·
Fecha d) La comarca de efecto del confinamiento perimetral · Campo de Cariñena
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Municipios e) La comarca de menos las Cinco Villas (municipios adscritos a las zonas de 10.000 habitantes salud de Ejea de los Caballeros, Luna, Sádaba y Tauste, con exclusión de los restantes municipios).
Municipio ·
Fecha f) La comarca de efecto Ribera Alta del confinamiento perimetral · Ebro.
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· g) La comarca de Valdejalón.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de mayo de 2021 En vigor | BOE-A-2021-90171 | Leer | Qué cambió |
| 4 de diciembre de 2020 | Texto original | Leer |


