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Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 25 de marzo de 2021 · Último cambio el 30 de marzo de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Declaración de servicio esencial. 4 redacciones · cambió el 27/10/2021
- Artículo 2. Normal funcionamiento de los servicios de información y asesoramiento jurídico 24 horas, telefónica y en línea, así como de los servicios de teleasistencia y asistencia social integral a las víctimas de violencia de género.
- Artículo 3. Servicios de acogida a víctimas de violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres.
- Artículo 4. Sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas cautelares y penas de prohibición de aproximación en materia de violencia de género.
- Artículo 5. Medidas relativas al personal que presta servicios de asistencia social integral a víctimas de violencia de género, y otras formas de violencia contra las mujeres que, por su naturaleza, se deban prestar de forma presencial.
- Artículo 6. Campañas institucionales para prevenir la violencia de género durante el estado de alarma.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Régimen aplicable a los remanentes no comprometidos afectados al Pacto de Estado en materia de Violencia de Género. 2 redacciones · cambió el 30/03/2022
- Artículo 8. Proyectos o programas financiados con fondos del Pacto de Estado contra la Violencia de Género. 2 redacciones · cambió el 05/05/2021
- Artículo 9. Atención integral a víctimas de trata con fines de explotación sexual.
- Disposición adicional única. Diálogo civil.
- Disposición transitoria única. Régimen aplicable a los remanentes no comprometidos correspondientes al ejercicio presupuestario del año 2019.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


