Legislación › Ley 5/2021, de 2 de febrero, de impulso demográfico de Galicia.
Artículo 64. Impulso del emprendimiento.
Artículo 64. Impulso del emprendimiento.
1. Las administraciones públicas de Galicia, en el marco de las políticas de fomento empresarial, establecerán incentivos y ayudas específicas a la juventud, a través de un plan autonómico específico que se elaborará en colaboración con el tejido asociativo y los agentes sociales, para la creación de empresas o el autoempleo, dando prioridad a las iniciativas emprendedoras de trabajo autónomo y a la constitución y agrupación de entidades de economía social.
2. Asimismo, establecerán medidas de formación, asesoramiento y seguimiento que permitan la consolidación y mejora de la competitividad de los proyectos empresariales.


