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Real Decreto 389/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 2 de junio de 2021 · Último cambio el 2 de junio de 2021 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación del Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos.
  3. Disposición adicional única. Supresión de órganos directivos.
  4. Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con el nivel orgánico inferior a subdirección general.
  5. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  6. Disposición final única. Entrada en vigor.
  7. [firma]
  8. ESTATUTO
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 1. Naturaleza.
  11. Artículo 2. Sede.
  12. Artículo 3. Régimen jurídico.
  13. Artículo 4. Autonomía e independencia.
  14. Artículo 5. Funciones y potestades.
  15. Artículo 6. Circulares de la Agencia Española de Protección de Datos.
  16. Artículo 7. Acción exterior.
  17. Artículo 8. Colaboración en el ámbito de la Administración de Justicia.
  18. Artículo 9. Programación.
  19. Artículo 10. Memoria anual.
  20. Artículo 11. Transparencia y publicidad.
  21. CAPÍTULO II
  22. Sección 1
  23. Artículo 12. La Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos.
  24. Artículo 13. Funciones de la Presidencia.
  25. Artículo 14. Independencia.
  26. Artículo 15. Delegación de competencias.
  27. Sección 2
  28. Artículo 16. Adjuntía a la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos.
  29. Artículo 17. Funciones de la Adjuntía a la Presidencia de la Agencia Española de Protección de Datos.
  30. Artículo 18. Independencia.
  31. Sección 3
  32. Artículo 19. Inicio del procedimiento de nombramiento y convocatoria.
  33. Artículo 20. Comité de selección.
  34. Artículo 21. Principios aplicables al procedimiento.
  35. Artículo 22. Propuesta y comunicación de candidaturas.
  36. Sección 4
  37. Artículo 23. El Consejo Consultivo.
  38. Artículo 24. Plazo y vacantes.
  39. Artículo 25. Renovación del Consejo Consultivo.
  40. Artículo 26. Funcionamiento.
  41. Sección 5
  42. Artículo 27. La Subdirección General de Inspección de Datos.
  43. Artículo 28. La Subdirección General de Promoción y Autorizaciones.
  44. Artículo 29. La Secretaría General de la Agencia Española de Protección de Datos.
  45. Artículo 30. División de Relaciones Internacionales.
  46. Artículo 31. División de Innovación Tecnológica.
  47. CAPÍTULO III
  48. Artículo 32. Régimen de Personal.
  49. Artículo 33. Personal funcionario.
  50. Artículo 34. Personal laboral.
  51. Artículo 35. Relación de puestos de trabajo.
  52. Artículo 36. Retribuciones.
  53. Artículo 37. Evaluación del desempeño.
  54. Artículo 38. Incompatibilidades del personal de la Agencia Española de Protección de Datos.
  55. Artículo 39. Deber de secreto profesional.
  56. CAPÍTULO IV
  57. Sección 1
  58. Artículo 40. Recursos económicos.
  59. Artículo 41. Recaudación.
  60. Artículo 42. Patrimonio.
  61. Artículo 43. Contratación.
  62. Sección 2
  63. Artículo 44. Presupuestos.
  64. Artículo 45. Contabilidad.
  65. Artículo 46. Cuentas anuales.
  66. Artículo 47. Control de la gestión económico-financiera.
  67. CAPÍTULO V
  68. Artículo 48. Asistencia jurídica.