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Orden ISM/680/2022, de 19 de julio, por la que se desarrolla la gestión del sistema de acogida de protección internacional mediante acción concertada.

En vigor Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones · Publicada el 21 de julio de 2022 · Último cambio el 1 de abril de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación de la acción concertada.
  5. Artículo 3. Régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  6. Artículo 4. Órganos competentes.
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 5. Requisitos y documentación acreditativa para la autorización de acción concertada.
  9. Artículo 6. Iniciación del procedimiento de autorización de acción concertada.
  10. Artículo 7. Instrucción del procedimiento.
  11. Artículo 8. Terminación del procedimiento.
  12. Artículo 9. Prórroga de la autorización de acción concertada.
  13. Artículo 10. Extinción de la autorización de acción concertada.
  14. CAPÍTULO III
  15. Artículo 11. Planificación de las necesidades. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  16. Artículo 12. Comunicación de asignación a las entidades autorizadas. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  17. Artículo 13. Cálculo de retribución. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  18. Artículo 14. Procedimiento de aprobación, compromiso del gasto y pago de la retribución. 3 redacciones · cambió el 21/10/2024
  19. CAPÍTULO IV
  20. Artículo 15. Régimen de seguimiento. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  21. Artículo 16. Justificaciones periódicas. 3 redacciones · cambió el 01/04/2025
  22. Artículo 17. Justificación final. 3 redacciones · cambió el 01/04/2025
  23. Artículo 18. Régimen de control financiero. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  24. Artículo 19. Gastos imputables a la gestión mediante acción concertada. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  25. Artículo 19 bis. Reglas específicas aplicables a determinados gastos de inversión.
  26. Artículo 20. Reintegro. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  27. Artículo 21. Límites en la acción concertada. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  28. Artículo 22. Penalidades. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  29. Artículo 23. Revocación de la autorización de acción concertada.
  30. CAPÍTULO V
  31. Artículo 24. Obligaciones de intercambio de información.
  32. Artículo 25. Obligaciones de las entidades autorizadas.
  33. Artículo 26. Publicidad y visibilidad.
  34. Disposición adicional única. Acción concertada para la gestión de los programas de atención humanitaria del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. 2 redacciones · cambió el 06/06/2024
  35. Disposición final primera. Título competencial.
  36. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  37. [firma]
  38. ANEXO I
  39. ANEXO II