Legislación › Decreto-ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears.
Disposición adicional decimotercera. Exenciones de acreditación del nivel de conocimiento de la lengua catalana.
Disposición adicional decimotercera. Exenciones de acreditación del nivel de conocimiento de la lengua catalana.
1. Excepcionalmente, las convocatorias de desarrollo de los procesos de estabilización de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, deberán prever la exención del requisito de acreditación del conocimiento de la lengua catalana exigido para el ingreso en el cuerpo o escala, especialidad, o escala, subescala, clase o categoría, o categoría profesional, para aquellas personas aspirantes que estén en servicio activo, en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en la misma administración o ente público, en el mismo cuerpo, escala o especialidad, o escala, subescala, clase o categoría, o categoría profesional, objeto de la convocatoria, y no puedan acreditar el requisito exigido para el ingreso.
2. En el supuesto de que estas personas, mediante la participación en estos procesos de estabilización, consigan la condición de personal funcionario de carrera o personal laboral fijo, quedarán obligadas, en el plazo de cuatro años a contar a partir de la fecha límite de finalización de los procesos selectivos derivados de las ofertas públicas de estabilización, prevista en el inciso final del artículo 2.3 de este decreto ley, a acreditar el nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para el acceso al cuerpo o escala, subescala, clase o categoría, o categoría profesional.
3. La carencia de acreditación del nivel de conocimientos de la lengua catalana exigidos para el acceso en el citado plazo de cuatro años supondrá la imposibilidad de participar en los procedimientos de promoción interna o de provisión, ordinarios o extraordinarios, hasta que se obtenga el nivel de catalán exigido, sin perjuicio de lo que prevé el artículo 6 del Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Se modifica por la disposición final 18 de la Ley 4/2025, de 18 de julio. BOE-A-2025-22026
Se modifica por la disposición final 4 de la Ley 2/2025, de 18 de junio. BOE-A-2025-14461
Se modifican los apartados 2 y 3 por la disposición final 1 del Decreto-ley 5/2025, de 16 de mayo. BOE-A-2025-14463
Se modifica por el art. 41.1 de Ley 7/2024, de 11 de diciembre. BOE-A-2025-720, y por el art. 8 del Decreto-ley 5/2024, de 13 de diciembre. BOE-A-2025-721, publicados, respectivamente en los BOIB núms. 162 y 163, el día 13 de diciembre de 2024.
Se modifican los apartados 3 y 4 por la disposición final 6.1 y 2 de la Ley 4/2023, de 27 de febrero. BOE-A-2023-13761
Se modifica el apartado 3 y se añade el 4 por la disposición final 6.1 y 2 del Decreto-ley 7/2022, de 11 de julio. BOE-A-2022-15292
Redactado el apartado 1 conforme a la corrección de errores publicada en el BOIB número 83, de 27 de junio de 2022.BOIB-i-2022-90200
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-22026 | Leer | Qué cambió |
| 21 de junio de 2025 | BOE-A-2025-14461 | Leer | Qué cambió |
| 18 de mayo de 2025 | BOE-A-2025-14463 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2024 | BOE-A-2025-720 | Leer | Qué cambió |
| 8 de marzo de 2023 | BOE-A-2023-13761 | Leer | Qué cambió |
| 13 de julio de 2022 | BOE-A-2022-15292 | Leer | Qué cambió |
| 16 de junio de 2022 | Texto original | Leer |
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