Legislación › Ley 21/2022, de 19 de octubre, de creación de un fondo de compensación para las víctimas del amianto.
Artículo 2. Fines.
Artículo 2. Fines.
La compensación para las víctimas del amianto tiene por objeto la reparación íntegra de los daños y perjuicios sobre la salud resultantes de una exposición al amianto padecidos por toda persona en su ámbito laboral, doméstico o ambiental en España, así como a sus causahabientes en los términos establecidos en la presente ley.
Se modifica por la disposición final 10 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero. BOE-A-2023-5365
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-5365 | Leer | Qué cambió |
| 9 de noviembre de 2022 | Texto original | Leer |


