Legislación › Real Decreto 908/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte y por el que se modifican el Estatuto del Consejo Superior de Deportes, aprobado por el Real Decreto 460/2015, de 5 de junio, y el Estatuto del Instituto de Salud Carlos III, aprobado por el Real Decreto 375/2001, de 6 de abril.
Artículo 6. Asistencia jurídica e Intervención Delegada.
Artículo 6. Asistencia jurídica e Intervención Delegada.
1. La asistencia jurídica de la Agencia, consistente en el asesoramiento jurídico y en la representación y defensa en juicio, corresponde a la Abogacía General del Estado, mediante la formalización del oportuno convenio en los términos previstos en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, y su normativa de desarrollo.
2. La Intervención Delegada de la CELAD realizará las funciones que le atribuye la Ley 40/2015, de 1 de octubre, así como las que recoge la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Se modifica el apartado 6 por el art. 17.1 del Real Decreto 466/2026, de 10 de junio. BOE-A-2026-12711
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-12711 | Leer | Qué cambió |
| 27 de octubre de 2022 | Texto original | Leer |


