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Legislación › Real Decreto 984/2022, de 22 de noviembre, por el que se establecen las Oficinas de Transferencia de Conocimiento y se crea su Registro.

Artículo 9. Contenido de la inscripción.

Artículo 9. Contenido de la inscripción.

La inscripción en el Registro, que se practicará de oficio previa resolución expresa dictada y notificada al efecto, incluirá el nombre de la OTC; el nombre de la entidad de la que depende o a la que está vinculada, en su caso; su número de inscripción; su localización física y los datos de contacto de la Dirección de la OTC.

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