Legislación › Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
Disposición adicional centésima sexta. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Disposición adicional centésima sexta. Cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Se procede a la actualización de las cuantías del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de grado III, Gran Dependencia; grado II, Dependencia Severa y grado I, Dependencia Moderada, que son las fijadas en el siguiente cuadro:
| Grado de dependencia |
Mínimo de protección garantizado – Euros/mes |
|---|---|
| Grado III Gran Dependencia. | 660,00 |
| Grado II Dependencia Severa. | 260,00 |
| Grado I Dependencia Moderada. | 90,00 |
Asimismo, se fija la cuantía del nivel mínimo de protección garantizado por la Administración General del Estado para cada persona beneficiaria del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, incluida en el Grado III+, de dependencia extrema en 4.930 euros al mes.
Se modifica por el art. 1 del Real Decreto-ley 17/2026, de 23 de junio. BOE-A-2026-13643
Esta modificación será aplicable para las prestaciones que se devenguen a partir del 1 de julio de 2026, según establece la disposición final 3 del citado Real Decreto-ley.
Se modifica por el art. 2 del Real Decreto-ley 11/2025, de 21 de octubre. BOE-A-2025-21205
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 25 de junio de 2026 En vigor | BOE-A-2026-13643 | Leer | Qué cambió |
| 23 de octubre de 2025 | BOE-A-2025-21205 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2023 | Texto original | Leer |
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