Legislación › Real Decreto 1044/2022, de 27 de diciembre, de ordenación de la flota pesquera.
Artículo 20. Actualización de datos en el Registro de Flota.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de marzo de 2023 y la del 5 de noviembre de 2025.
Tachado: lo que se quitó (127 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 20. Actualización de datos en el Registro de Flota.
1. La persona propietaria del buque deberá comunicar a la autoridad pesquera competente los datos actualizados de su dirección postal, teléfono y dirección de correo electrónico.
2. El armador La persona o armadora personas que figuren como propietarias del buque será en el Registro de Flota tendrán asimismo la persona propietaria del mismo condición de armador o armadores de este, salvo que en la hoja de asiento figure la una cesión de uso o explotación en favor de un tercero. explotación. En ese caso, el armador la persona beneficiaria de la cesión de uso o armadora explotación deberá comunicar a la autoridad pesquera competente su dirección postal, teléfono y dirección de correo electrónico.
3. Cuando se efectúe un cambio en la propiedad de buque, el armador o armadora del mismo será el que figure en la hoja de asiento como beneficiario de la cesión de uso o explotación que esté en vigor en el momento del cambio de la propiedad. (Suprimido)
En el caso de no figurar ninguna cesión de uso vigente, la persona propietaria será el armador o armadora del buque. Cuando haya más de una persona propietaria, y no se haya comunicado el armador o armadora, se procederá a la retirada de la licencia hasta que se recoja en la hoja de asiento la cesión de uso o la figura de armador.
4. En el caso de buques de pesca, se deberá enviar a la autoridad pesquera competente una foto del buque actualizada, cuando se hayan llevado a cabo obras de reforma que modifiquen el aspecto externo del mismo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de noviembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-22249 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2023 | Texto original | Leer |


