Legislación › Ley
Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 31 de diciembre de 2022 · Último cambio el 25 de julio de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Derecho a la práctica deportiva.
- Artículo 3. Fines.
- Artículo 4. Marco específico de promoción de la igualdad efectiva en el deporte. 2 redacciones · cambió el 02/08/2024
- Artículo 5. Reducción de la brecha social y de género en el ámbito de la actividad física y el deporte.
- Artículo 6. Personas con discapacidad y deporte inclusivo.
- Artículo 7. Práctica deportiva de las personas menores de edad.
- Artículo 8. Personas mayores y personas que habitan en el medio rural o en zonas con especiales dificultades demográficas.
- Artículo 9. Personas extranjeras.
- Artículo 10. Protección y bienestar de los animales y conservación del medio ambiente.
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. Interés público estatal en el deporte de alto nivel.
- Artículo 12. Representación internacional.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 13. Dirección de la política estatal del deporte.
- Artículo 14. Competencias del Consejo Superior de Deportes.
- Artículo 15. Régimen jurídico y estructura del Consejo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 16. Relaciones de cooperación entre las Administraciones Públicas.
- Artículo 17. Conferencia Sectorial de Deporte.
- Artículo 18. Criterios generales de la ordenación deportiva interadministrativa.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Clasificación.
- Artículo 20. Deportistas de alto nivel y de alto rendimiento.
- Artículo 21. Deportistas profesionales y no profesionales.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 22. Derechos de las personas deportistas.
- Artículo 23. Deberes de las personas deportistas. 2 redacciones · cambió el 25/07/2025
- Sección 2
- Artículo 24. Derechos de las personas deportistas de alto nivel.
- Artículo 25. Deberes de las personas deportistas de alto nivel.
- Artículo 26. Derechos y deberes de las personas deportistas de alto rendimiento.
- Sección 3
- Artículo 27. Derechos de las personas deportistas profesionales.
- Artículo 28. Deberes de las personas deportistas profesionales.
- CAPÍTULO III
- Artículo 29. Protección de la salud de las personas deportistas.
- Artículo 30. Reconocimientos médicos.
- Artículo 31. Seguimiento de la salud.
- Artículo 32. De la protección de la salud cuando se finaliza la actividad deportiva.
- Artículo 33. Investigación asociada a la práctica deportiva.
- Artículo 34. Currículos formativos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 35. Las personas deportistas en la competición o en la actividad deportiva no oficial.
- CAPÍTULO V
- Artículo 36. Incorporación a las políticas de empleo.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 37. Profesionales del arbitraje de alto nivel.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 38. Personal técnico deportivo.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 39. Voluntariado deportivo.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 40. Registro Estatal de Entidades Deportivas.
- Artículo 41. Facultades en materia de control económico.
- Artículo 42. Efectos de la declaración de utilidad pública.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 43. Naturaleza de las federaciones deportivas españolas.
- Artículo 44. Modalidades y especialidades deportivas.
- Artículo 45. Estructura y funcionamiento de las federaciones deportivas españolas.
- Artículo 46. Contenido mínimo de los estatutos de las federaciones deportivas españolas.
- Artículo 47. Reglas para la elección y designación de órganos.
- Sección 2
- Artículo 48. Integración de las federaciones deportivas autonómicas en la federación deportiva española correspondiente.
- Sección 3
- Artículo 49. Licencia deportiva.
- Sección 4
- Artículo 50. Funciones a desarrollar bajo la tutela del Consejo Superior de Deportes.
- Artículo 51. Funciones propias de carácter privado de las federaciones deportivas españolas.
- Sección 5
- Artículo 52. Patrimonio de las federaciones deportivas españolas.
- Artículo 53. Presupuesto y gestión económica.
- Artículo 54. Programas de Desarrollo Deportivo.
- Sección 6
- Artículo 55. Prevención de la insolvencia.
- CAPÍTULO III
- Artículo 56. Constitución y estructura.
- Artículo 57. Contenido mínimo de los estatutos de las ligas profesionales.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 58. Control económico.
- Sección 2
- Artículo 59. Normas de gobernanza.
- Artículo 60. Código de Buen Gobierno.
- Artículo 61. Transparencia de la información.
- Sección 3
- Artículo 62. Facultades de actuación del Consejo Superior de Deportes.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 63. Reconocimiento de la condición de club.
- Sección 2
- Subsección 1
- Artículo 64. Obligaciones.
- Artículo 65. Especialidades en materia de inscripción.
- Artículo 66. Cesión de deportistas a las selecciones españolas.
- Artículo 67. Participaciones significativas.
- Artículo 68. Posesión de títulos representativos en más de una entidad deportiva.
- Subsección 2
- Artículo 69. Constitución de las sociedades anónimas deportivas.
- Artículo 70. Capital mínimo.
- Artículo 71. Órgano de administración.
- Artículo 72. Mercados de valores.
- Artículo 73. Enajenación de instalaciones.
- Subsección 3
- Artículo 74. Avales.
- TÍTULO IV
- Artículo 75. Naturaleza y funciones del Comité Olímpico Español.
- Artículo 76. Naturaleza y funciones del Comité Paralímpico Español.
- Artículo 77. Protección de sus elementos representativos.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 78. Clasificación de las competiciones.
- Artículo 79. Competiciones oficiales.
- Artículo 80. Competiciones no oficiales.
- Artículo 81. Competiciones internacionales.
- Artículo 82. Competiciones federativas estatales y supra-autonómicas.
- Artículo 83. Competiciones profesionales.
- Artículo 84. Competiciones aficionadas.
- Artículo 85. Derechos de comercialización.
- CAPÍTULO II
- Artículo 86. Responsabilidad de los organizadores de las competiciones oficiales.
- Artículo 87. Responsabilidad de los organizadores en las competiciones no oficiales.
- CAPÍTULO III
- Artículo 88. Delimitación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 89. Delimitación.
- Artículo 90. Fomento de la actividad física y el deporte en edad infantil y adolescente.
- CAPÍTULO V
- Artículo 91. Competencia de las federaciones deportivas españolas en la actividad deportiva competitiva no oficial.
- Artículo 92. Acontecimiento deportivo competitivo no oficial de relevancia estatal.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 93. Organización y competencias del deporte militar.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 94. Delimitación de la forma jurídica para la participación en la competición profesional.
- CAPÍTULO II
- Artículo 95. Competencias de las ligas profesionales.
- Artículo 96. Convenios entre federación deportiva y liga profesional.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 97. Delimitación del ámbito de aplicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 98. Responsables.
- Artículo 99. Indicios de delito.
- CAPÍTULO III
- Artículo 100. Marco general.
- Artículo 101. Iniciación del procedimiento sancionador.
- Artículo 102. Medidas cautelares.
- Artículo 103. Ejecutoriedad.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 104. Infracciones muy graves. 2 redacciones · cambió el 02/08/2024
- Artículo 105. Infracciones graves.
- Artículo 106. Infracciones leves.
- Sección 2
- Artículo 107. Elementos comunes.
- Artículo 108. Sanciones por la comisión de infracciones de carácter muy grave.
- Artículo 109. Sanciones por la comisión de infracciones de carácter grave.
- Artículo 110. Sanciones por la comisión de infracciones de carácter leve.
- Sección 3
- Artículo 111. Causas de extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 112. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Sección 4
- Artículo 113. Determinación de la responsabilidad.
- Sección 5
- Artículo 114. Órganos competentes.
- Artículo 115. Requisitos para formar parte de los comités disciplinarios de las federaciones españolas deportivas.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 116. Actos de carácter administrativo.
- Artículo 117. Actuaciones de carácter privado.
- CAPÍTULO II
- Artículo 118. Régimen de impugnación de actos administrativos.
- Artículo 119. Conflictos de naturaleza privada.
- CAPÍTULO III
- Artículo 120. Tribunal Administrativo del Deporte.
- TÍTULO IX
- Artículo 121. Medios para el fomento de la construcción de instalaciones deportivas de interés estatal.
- Artículo 122. Red de Centros de Alto Rendimiento y de Tecnificación Deportiva.
- Artículo 123. Centros de alto rendimiento y centros de tecnificación.
- Artículo 124. Instalaciones deportivas.
- Disposición adicional primera. Especificaciones o graduaciones en infracciones o sanciones.
- Disposición adicional segunda. Principio de no causar daño significativo al medio ambiente.
- Disposición adicional tercera. Infracciones y sanciones en materia de dopaje y de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia, la homofobia y la intolerancia.
- Disposición adicional cuarta. Actualización de importes.
- Disposición adicional quinta. Referencias normativas.
- Disposición adicional sexta. Reconocimiento de la confederación.
- Disposición adicional séptima. Régimen de las federaciones deportivas españolas legalmente constituidas.
- Disposición adicional octava. Régimen de las competiciones y ligas profesionales preexistentes.
- Disposición adicional novena. Adaptación de la normativa interna de las entidades deportivas.
- Disposición adicional décima. Clubes deportivos estatales.
- Disposición adicional undécima. Régimen de integración de las federaciones deportivas españolas y autonómicas.
- Disposición adicional decimosegunda. Requisitos de los miembros de juntas directivas.
- Disposición adicional decimotercera. Clubes del Principado de Andorra.
- Disposición adicional decimocuarta. Pilota valenciana.
- Disposición adicional decimoquinta. Comunidades Autónomas.
- Disposición adicional decimosexta. Representación de las personas deportistas en situaciones concursales por asociaciones y sindicatos.
- Disposición adicional decimoséptima. Legitimación para negociar convenios colectivos.
- Disposición adicional decimoctava. Beneficios fiscales aplicables al programa deportivo «RETO DE».
- Disposición transitoria primera. Entes de Promoción Deportiva.
- Disposición transitoria segunda. Secciones del Registro Estatal de Entidades Deportivas.
- Disposición transitoria tercera. Régimen disciplinario.
- Disposición derogatoria única. Derogación de normas.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
- Disposición final segunda. Modificación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.
- Disposición final tercera. Títulos competenciales.
- Disposición final cuarta. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta bis. Desarrollo reglamentario del artículo 23.3.
- Disposición final quinta. Estatuto del Deportista.
- Disposición final sexta. Regulación de las profesiones del deporte.
- Disposición final séptima. Homologación, validación y equivalencia de títulos.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
- [firma]


