LexTotal

Legislación › Real Decreto 147/2022, de 22 de febrero, por el que se regula el régimen de sustituciones y de medidas de apoyo o refuerzo en el Ministerio Fiscal.

Artículo 33. Formación.

Artículo 33. Formación.

Además de la formación inicial a la que se refiere el artículo 25.3, los abogados o abogadas fiscales sustitutos podrán participar en cursos o programas formativos relacionados con sus funciones, impartidos por el Centro de Estudios Jurídicos, en su modalidad a distancia u online.

← Artículo 32 Índice Artículo 34 →