Legislación › Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma.
Disposición final tercera. Entrada en vigor y vigencia.
Disposición final tercera. Entrada en vigor y vigencia.
1. El presente decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Canarias”.
2. Las solicitudes previstas en el artículo 6 de este decreto-ley podrán presentarse hasta el 31 de diciembre de 2027.
Se modifica por la disposición final 2.2 de la Ley 2/2024, de 29 de mayo. BOE-A-2024-15709
Se modifica por la disposición final 2.2 del Decreto-ley 9/2023, de 18 de diciembre. BOE-A-2024-4428
Se modifica el apartado 2 por la disposición final 2 de la Ley 3/2023, de 6 de marzo. BOE-A-2023-12207
Se renumera como disposición final tercera por la disposición final 1.2 del Decreto-ley 2/2022, de 10 de febrero. BOE-A-2022-10045
Su anterior numeración era disposición final segunda.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de junio de 2024 En vigor | BOE-A-2024-15709 | Leer | Qué cambió |
| 19 de diciembre de 2023 | BOE-A-2024-4428 | Leer | Qué cambió |
| 16 de marzo de 2023 | BOE-A-2023-12207 | Leer | Qué cambió |
| 11 de febrero de 2022 | BOE-A-2022-10045 | Leer |


