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Legislación › Decreto-ley 1/2022, de 20 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes en materia urbanística y económica para la construcción o reconstrucción de viviendas habituales afectadas por la erupción volcánica en la isla de La Palma.

Disposición final tercera. Entrada en vigor y vigencia.

Disposición final tercera. Entrada en vigor y vigencia.

1. El presente decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Canarias”.

2. Las solicitudes previstas en el artículo 6 de este decreto-ley podrán presentarse hasta el 31 de diciembre de 2027.

Se modifica por la disposición final 2.2 de la Ley 2/2024, de 29 de mayo. BOE-A-2024-15709

Se modifica por la disposición final 2.2 del Decreto-ley 9/2023, de 18 de diciembre. BOE-A-2024-4428

Se modifica el apartado 2 por la disposición final 2 de la Ley 3/2023, de 6 de marzo. BOE-A-2023-12207

Se renumera como disposición final tercera por la disposición final 1.2 del Decreto-ley 2/2022, de 10 de febrero. BOE-A-2022-10045

Su anterior numeración era disposición final segunda.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de junio de 2024 En vigor BOE-A-2024-15709 Leer Qué cambió
19 de diciembre de 2023 BOE-A-2024-4428 Leer Qué cambió
16 de marzo de 2023 BOE-A-2023-12207 Leer Qué cambió
11 de febrero de 2022 BOE-A-2022-10045 Leer

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