Legislación › Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
Disposición adicional tercera. Participación del Consejo Escolar del Estado en el Sistema de Formación Profesional.
Disposición adicional tercera. Participación del Consejo Escolar del Estado en el Sistema de Formación Profesional.
El Consejo Escolar del Estado, adscrito al Ministerio de Educación y Formación Profesional, llevará a cabo las competencias asignadas por su normativa constitutiva en materia de formación profesional.
Quedan excluidas del trámite preceptivo a que hace referencia el artículo 32 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, las normas y reglamentos de ordenación del Sistema de Formación Profesional que no conduzcan directamente a la obtención de titulaciones del sistema educativo.
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