Legislación › Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
Artículo 11. Sensibilización social en materia demográfica.
Artículo 11. Sensibilización social en materia demográfica.
1. Corresponderá a las administraciones públicas de Extremadura la sensibilización de la sociedad sobre el cambio demográfico y sus implicaciones, así como sobre los beneficios de atraer nueva población al territorio de la Comunidad Autónoma, a fin de generar una conciencia social a este respecto.
2. Asimismo, la Junta de Extremadura garantizará el acceso de la población a datos actualizados en materia de población y demografía.


