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Ley 6/2021, de 23 de diciembre, por la que se regula la intervención integral de la atención temprana en el ámbito de la Región de Murcia.
En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 20 de enero de 2022 · Último cambio el 1 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Definición de atención temprana.
- Artículo 3. Destinatarios.
- Artículo 4. Finalidad y objetivos.
- Artículo 5. Principios rectores.
- Artículo 6. Niveles y modalidades de intervención.
- Artículo 7. Ámbitos de actuación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 8. Coordinación y cooperación interdisciplinar.
- Artículo 9. Competencias y actuaciones en el ámbito de servicios sociales.
- Artículo 10. Competencias y actuaciones en el ámbito sanitario.
- Artículo 11. Competencias y actuaciones en el ámbito educativo.
- Sección 2
- Artículo 12. Recursos de intervención en atención temprana.
- Artículo 13. Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP).
- Artículo 14. Centros de Desarrollo Infantil y Atención Temprana de la Red Pública de Servicios Sociales (CDIAT).
- Artículo 15. Intervención por servicios sociales especializados en atención temprana.
- Artículo 16. Derechos y obligaciones de los usuarios del Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana.
- Artículo 17. Causas de extinción del derecho al Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana.
- Sección 3
- Artículo 18. Comisión Regional de Coordinación en Atención Temprana. 2 redacciones · cambió el 01/12/2022
- Artículo 19. Comisión Técnica de Atención Temprana. 2 redacciones · cambió el 01/12/2022
- CAPÍTULO III
- Artículo 20. Procedimiento ordinario y medidas provisionales de intervención en atención temprana.
- Artículo 21. Documentación.
- Artículo 22. Valoración de necesidad de atención temprana.
- Artículo 23. Reconocimiento de la necesidad de servicios especializados de atención temprana.
- Artículo 24. Incorporación al centro de desarrollo infantil y atención temprana. Plan Individual de Atención Temprana (PIAT).
- Artículo 25. Traslado de centro de desarrollo infantil y atención temprana.
- Artículo 26. Seguimiento y evaluación.
- Artículo 27. Revisión.
- Artículo 28. Procedimiento de extinción del Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 29. Estrategia de formación.
- Artículo 30. Promoción de proyectos de investigación e innovación en atención temprana.
- Artículo 31. Premio a la Innovación y las Buenas Prácticas en materia de atención temprana.
- Artículo 32. Nuevas tecnologías y atención temprana.
- Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
- Disposición final primera. Ayudas al transporte.
- Disposición final segunda. Modificación del Decreto 74/2011, de 20 de mayo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece el régimen de infracciones y sanciones.
- Disposición final tercera. Modificación del Decreto 126/2010, de 28 de mayo, por el que se establecen los criterios para determinar la capacidad económica de los beneficiarios y su participación en la financiación de las prestaciones económicas y servicios del sistema de autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Disposición final cuarta. Modificación del Decreto n.º 10/2018, de 14 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia en los servicios sociales especializados en los sectores de personas mayores y personas con discapacidad.
- Disposición final quinta. Modificación del Decreto 306/2010, de 3 de diciembre, por el que se establecen la intensidad de protección de los servicios, la cuantía de las prestaciones económicas, las condiciones de acceso y el régimen de compatibilidad de las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
- Disposición final sexta. Condiciones mínimas de los Centros de Desarrollo Infantil y Atención Temprana de la Red Pública de Servicios Sociales (CDIAT).
- Disposición final séptima. Red de Atención Temprana sostenida con fondos públicos.
- Disposición final octava. Cartera de servicios de la intervención integral en atención temprana.
- Disposición final novena. Deslegalización.
- Disposición final décima. Protocolo de Coordinación de Atención Temprana.
- Disposición final undécima. Plan Regional Integral de Atención Temprana.
- Disposición final duodécima. Entrada en vigor.
- [firma]


