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Ley 6/2021, de 23 de diciembre, por la que se regula la intervención integral de la atención temprana en el ámbito de la Región de Murcia.

En vigor Comunidad Autónoma de la Región de Murcia · Publicada el 20 de enero de 2022 · Último cambio el 1 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Definición de atención temprana.
  5. Artículo 3. Destinatarios.
  6. Artículo 4. Finalidad y objetivos.
  7. Artículo 5. Principios rectores.
  8. Artículo 6. Niveles y modalidades de intervención.
  9. Artículo 7. Ámbitos de actuación.
  10. CAPÍTULO II
  11. Sección 1
  12. Artículo 8. Coordinación y cooperación interdisciplinar.
  13. Artículo 9. Competencias y actuaciones en el ámbito de servicios sociales.
  14. Artículo 10. Competencias y actuaciones en el ámbito sanitario.
  15. Artículo 11. Competencias y actuaciones en el ámbito educativo.
  16. Sección 2
  17. Artículo 12. Recursos de intervención en atención temprana.
  18. Artículo 13. Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP).
  19. Artículo 14. Centros de Desarrollo Infantil y Atención Temprana de la Red Pública de Servicios Sociales (CDIAT).
  20. Artículo 15. Intervención por servicios sociales especializados en atención temprana.
  21. Artículo 16. Derechos y obligaciones de los usuarios del Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana.
  22. Artículo 17. Causas de extinción del derecho al Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana.
  23. Sección 3
  24. Artículo 18. Comisión Regional de Coordinación en Atención Temprana. 2 redacciones · cambió el 01/12/2022
  25. Artículo 19. Comisión Técnica de Atención Temprana. 2 redacciones · cambió el 01/12/2022
  26. CAPÍTULO III
  27. Artículo 20. Procedimiento ordinario y medidas provisionales de intervención en atención temprana.
  28. Artículo 21. Documentación.
  29. Artículo 22. Valoración de necesidad de atención temprana.
  30. Artículo 23. Reconocimiento de la necesidad de servicios especializados de atención temprana.
  31. Artículo 24. Incorporación al centro de desarrollo infantil y atención temprana. Plan Individual de Atención Temprana (PIAT).
  32. Artículo 25. Traslado de centro de desarrollo infantil y atención temprana.
  33. Artículo 26. Seguimiento y evaluación.
  34. Artículo 27. Revisión.
  35. Artículo 28. Procedimiento de extinción del Servicio de Desarrollo Infantil y Atención Temprana.
  36. CAPÍTULO IV
  37. Artículo 29. Estrategia de formación.
  38. Artículo 30. Promoción de proyectos de investigación e innovación en atención temprana.
  39. Artículo 31. Premio a la Innovación y las Buenas Prácticas en materia de atención temprana.
  40. Artículo 32. Nuevas tecnologías y atención temprana.
  41. Disposición transitoria única. Régimen transitorio.
  42. Disposición final primera. Ayudas al transporte.
  43. Disposición final segunda. Modificación del Decreto 74/2011, de 20 de mayo, por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a los servicios y prestaciones económicas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se establece el régimen de infracciones y sanciones.
  44. Disposición final tercera. Modificación del Decreto 126/2010, de 28 de mayo, por el que se establecen los criterios para determinar la capacidad económica de los beneficiarios y su participación en la financiación de las prestaciones económicas y servicios del sistema de autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  45. Disposición final cuarta. Modificación del Decreto n.º 10/2018, de 14 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de los conciertos sociales en la Región de Murcia en los servicios sociales especializados en los sectores de personas mayores y personas con discapacidad.
  46. Disposición final quinta. Modificación del Decreto 306/2010, de 3 de diciembre, por el que se establecen la intensidad de protección de los servicios, la cuantía de las prestaciones económicas, las condiciones de acceso y el régimen de compatibilidad de las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  47. Disposición final sexta. Condiciones mínimas de los Centros de Desarrollo Infantil y Atención Temprana de la Red Pública de Servicios Sociales (CDIAT).
  48. Disposición final séptima. Red de Atención Temprana sostenida con fondos públicos.
  49. Disposición final octava. Cartera de servicios de la intervención integral en atención temprana.
  50. Disposición final novena. Deslegalización.
  51. Disposición final décima. Protocolo de Coordinación de Atención Temprana.
  52. Disposición final undécima. Plan Regional Integral de Atención Temprana.
  53. Disposición final duodécima. Entrada en vigor.
  54. [firma]