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Ley 3/2022, de 12 de mayo, del Sector Público Vasco.

En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 31 de mayo de 2022 · Último cambio el 20 de mayo de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Fines.
  6. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  7. CAPÍTULO II
  8. Artículo 4. Aplicación, reconocimiento y pertenencia al sector público vasco.
  9. Artículo 5. Principios de actuación.
  10. Artículo 6. Principios aplicables a la creación y transformación del sector público vasco.
  11. Artículo 7. Comisión Interinstitucional para la Racionalización y Dimensionamiento del Sector Público Vasco.
  12. TÍTULO II
  13. CAPÍTULO I
  14. Artículo 8. Administración general e institucional.
  15. Artículo 9. Entidades instrumentales adscritas o vinculadas al sector público.
  16. Artículo 10. Administración independiente.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 11. Principios de organización y de funcionamiento.
  19. Artículo 12. Administración general.
  20. Artículo 13. Órganos superiores y altos cargos.
  21. Artículo 14. Órganos directivos.
  22. Artículo 15. Departamentos de la Administración general.
  23. Artículo 16. Estructuras orgánicas y funcionales.
  24. Artículo 17. Administración de Euskadi en el exterior.
  25. Artículo 18. Órganos colegiados.
  26. Artículo 19. Espacios estables de participación ciudadana y asociativa.
  27. Artículo 20. Órganos administrativos.
  28. Artículo 21. Unidades administrativas.
  29. CAPÍTULO III
  30. Artículo 22. Principios generales.
  31. Artículo 23. Desconcentración.
  32. Artículo 24. Instrucciones, circulares y órdenes de servicio.
  33. Artículo 25. Delegación.
  34. Artículo 26. Delegación de firma.
  35. Artículo 27. Suplencia.
  36. Artículo 28. Avocación.
  37. Artículo 29. Encomienda de gestión intrasubjetiva.
  38. Artículo 30. Centros de gestión unificada.
  39. CAPÍTULO IV
  40. Artículo 31. Régimen general.
  41. Artículo 32. Cooperación económica, técnica y administrativa.
  42. Artículo 33. Convenios de colaboración.
  43. Artículo 34. Planes de actuación conjunta.
  44. Artículo 35. Delegaciones interadministrativas.
  45. Artículo 36. Delegación intersubjetiva de funciones.
  46. Artículo 37. Encomienda de gestión intersubjetiva.
  47. TÍTULO III
  48. CAPÍTULO I
  49. Artículo 38. Organismos autónomos.
  50. Artículo 39. Entes públicos de derecho privado.
  51. Artículo 40. Sociedades de capital.
  52. Artículo 41. Fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  53. Artículo 42. Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  54. CAPÍTULO II
  55. Artículo 43. Procedimiento general para la constitución de entidades.
  56. Artículo 44. Constitución, transformación y extinción de entidades de la Administración institucional.
  57. Artículo 45. Constitución, transformación y extinción de sociedades de capital del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  58. Artículo 46. Constitución, transformación y extinción de fundaciones del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  59. Artículo 47. Constitución, transformación y extinción de consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  60. TÍTULO IV
  61. CAPÍTULO I
  62. Artículo 48. Régimen jurídico.
  63. Artículo 49. Participación en otras entidades.
  64. Artículo 50. Financiación de entidades no pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  65. CAPÍTULO II
  66. Artículo 51. Régimen de evaluación.
  67. Artículo 52. Procedimiento de evaluación.
  68. CAPÍTULO III
  69. Artículo 53. Reestructuración del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  70. Artículo 54. Participación que no determina la integración en el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  71. Artículo 55. Extinción y pérdida de la pertenencia al sector público.
  72. Artículo 56. Sociedades de concentración empresarial.
  73. CAPÍTULO IV
  74. Artículo 57. Registro de entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  75. Artículo 58. Adscripción y directrices.
  76. Artículo 59. Actos y recursos.
  77. Artículo 60. Representación en los órganos de gobierno.
  78. Artículo 61. Régimen de responsabilidad aplicable a las personas designadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi como miembros de los consejos de administración de las sociedades mercantiles públicas.
  79. Artículo 62. Adscripción y tutela de las sociedades mercantiles públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  80. TÍTULO V
  81. CAPÍTULO I
  82. Artículo 63. Principios de funcionamiento e interacción con la ciudadanía.
  83. Artículo 64. Derechos y deberes de la ciudadanía.
  84. CAPÍTULO II
  85. Artículo 65. Implantación de sistemas de gestión pública avanzada.
  86. Artículo 66. Evaluación de la gestión de las unidades organizativas.
  87. CAPÍTULO III
  88. Artículo 67. Administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  89. Artículo 68. Principios de la administración electrónica.
  90. Artículo 69. Derechos en materia de administración electrónica.
  91. Artículo 70. Desarrollo del modelo de administración electrónica en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  92. Artículo 71. Participación pública por medios electrónicos.
  93. Artículo 72. Simplificación de procedimientos administrativos mediante servicios y canales electrónicos.
  94. Artículo 73. Instrumentos de cooperación para el impulso de la administración electrónica.
  95. Artículo 74. Accesibilidad mediante terminales y sitios web de entidades privadas y públicas.
  96. Artículo 75. Sistema multicanal de interacción con la ciudadanía.
  97. CAPÍTULO IV
  98. Artículo 76. Lenguas de servicio, relación y trabajo.
  99. Artículo 77. Lengua de las disposiciones y comunicaciones.
  100. Artículo 78. Lengua de los expedientes.
  101. Artículo 79. Lengua de los registros públicos.
  102. Disposición adicional primera. Aplicación de esta ley al sector público foral de los territorios históricos y a las administraciones locales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  103. Disposición adicional segunda. Aplicación de esta ley al Parlamento Vasco y a sus entes dependientes.
  104. Disposición transitoria. Aplicación de esta ley a las fundaciones preexistentes del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
  105. Disposición derogatoria.
  106. Disposición final primera. Modificación del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi.
  107. Disposición final segunda. Modificación del texto refundido de la Ley de Control Económico y Contabilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2017, de 19 de octubre.
  108. Disposición final tercera. Entrada en vigor de la ley.
  109. Firma