Legislación › Decreto-ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania.
Disposición adicional primera. Normas para las administraciones insulares y locales.
Disposición adicional primera. Normas para las administraciones insulares y locales.
Las normas que se aprueban mediante el capítulo V de este decreto-ley son de aplicación, sin perjuicio de la legislación de carácter básico y de la autonomía local e insular, a los contratos de los consejos insulares y de las entidades locales, y a los contratos de su sector público instrumental.
Estas entidades también podrán aplicar las normas de agilización de la actividad subvencional contenidas en este decreto-ley.
Asimismo, estas entidades también podrán adoptar las normas contenidas en las disposiciones adicionales cuarta y quinta de este decreto-ley, con el fin de agilizar los procesos selectivos que deben ejecutar las ofertas de empleo público y la provisión de puestos de trabajo, además de facilitar el llamamiento de personal funcionario interino, así como las normas legales y reglamentarias en materia de función pública, que se modifican mediante las disposiciones finales quinta, sexta, séptima y octava de este decreto-ley.
Se modifica por la disposición final 3.7 del Decreto-ley 2/2023, de 6 de marzo. BOE-A-2023-13968
Se modifica por la disposición final 5.4 del Decreto ley 9/2022, de 7 de noviembre. BOE-A-2023-2981
Las previsiones contenidas en esta actualización retrotraen los efectos a 3 de noviembre de 2022, según establece la disposición final 11 del citado Decreto-ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-13968 | Leer | Qué cambió |
| 8 de noviembre de 2022 | BOE-A-2023-2981 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2022 | Texto original | Leer |


