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Legislación › Decreto-ley 4/2022, de 30 de marzo, por el que se adoptan medidas extraordinarias y urgentes para paliar la crisis económica y social producida por los efectos de la guerra en Ucrania.

Disposición adicional primera. Normas para las administraciones insulares y locales.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de noviembre de 2022 y la del 10 de marzo de 2023. Tachado: lo que se quitó (32 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional primera. Normas para las administraciones insulares y locales.
Las normas que se aprueban mediante el capítulo V de este Decreto ley, así como el Acuerdo del Consejo de Gobierno a que se refiere la letra d) del artículo 18.3, decreto-ley son de aplicación, sin perjuicio de la legislación de carácter básico y de la autonomía local e insular, en a los contratos de los consejos insulares y de las entidades locales, y en a los contratos de su sector público instrumental.
Estas entidades también pueden podrán aplicar las normas de agilización de la actividad subvencional contenidas en este Decreto ley. decreto-ley.
Asimismo, estas entidades también pueden podrán adoptar las normas contenidas en las disposiciones adicionales cuarta y quinta de este Decreto ley, decreto-ley, con el fin de agilizar los procesos selectivos que deben ejecutar las ofertas de empleo público y la provisión de puestos de trabajo, además de facilitar la llamada el llamamiento de personal funcionario interino, así como las normas legales y reglamentarias en materia de función pública, que se modifican mediante las disposiciones finales quinta, sexta, séptima y octava de este Decreto ley. decreto-ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de marzo de 2023 En vigor BOE-A-2023-13968 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2022 BOE-A-2023-2981 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2022 Texto original Leer

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