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Legislación › Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022.

Disposición adicional duodécima. Importe máximo de garantía para obras de interés cultural relevante.

Disposición adicional duodécima. Importe máximo de garantía para obras de interés cultural relevante.

El importe máximo de garantía que la Generalidad puede otorgar para obras de interés cultural relevante, de acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 75/2009, de 12 de mayo, es de 600.000.000,00 de euros en cuanto al límite acumulado simultáneo de compromiso anual.

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