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Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 21 de enero de 2022 · Último cambio el 22 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 22/12/2022
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO I
  4. CAPÍTULO I
  5. Artículo 1. Ámbito de aplicación de los presupuestos de la Generalidad.
  6. Artículo 2. Aprobación de los presupuestos de la Generalidad.
  7. Artículo 3. Beneficios fiscales.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 4. Créditos de gastos del presupuesto.
  10. Artículo 5. Vinculación de los créditos de gastos del presupuesto.
  11. Artículo 6. Modificación de ingresos.
  12. Artículo 7. Principios generales de modificación de gastos.
  13. Artículo 8. Transferencias de crédito.
  14. Artículo 9. Generación de créditos.
  15. Artículo 10. Créditos ampliables.
  16. Artículo 11. Incorporación de remanentes de crédito.
  17. Artículo 12. Competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias.
  18. Artículo 13. Retenciones de saldos presupuestarios.
  19. Artículo 14. Transferencias o aportaciones a determinadas entidades, cumplimiento de los objetivos presupuestarios y gestión de los remanentes de tesorería.
  20. Artículo 15. Contabilización de las transferencias internas.
  21. Artículo 16. Fondo de Contingencia.
  22. Artículo 17. Gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo React-EU.
  23. TÍTULO II
  24. Artículo 18. Presupuestos de las universidades públicas.
  25. Artículo 19. Limitación del aumento del gasto.
  26. Artículo 20. Compromisos de gasto de ejercicios anteriores.
  27. Artículo 21. Gastos afectados a ingresos finalistas y afectados.
  28. Artículo 22. Gastos con cargo a presupuestos futuros.
  29. Artículo 23. Identificación y seguimiento presupuestario de los proyectos de inversión.
  30. Artículo 24. Módulos económicos de los centros educativos privados concertados.
  31. TÍTULO III
  32. Artículo 25. Ámbito de aplicación de las normas sobre gastos de personal.
  33. Artículo 26. Retribuciones del personal.
  34. Artículo 27. Retribuciones del personal en régimen administrativo y estatutario.
  35. Artículo 28. Acreditación de retribuciones.
  36. Artículo 29. Retribuciones del personal laboral.
  37. Artículo 30. Retribuciones de los miembros del Gobierno y altos cargos.
  38. Artículo 31. Retribuciones del personal directivo de las entidades públicas.
  39. Artículo 32. Pensiones.
  40. Artículo 33. Oferta de empleo público para 2022.
  41. Artículo 34. Nombramientos y contrataciones de personal temporal en el ejercicio 2022.
  42. Artículo 35. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y del personal directivo.
  43. Artículo 36. Plantilla presupuestaria.
  44. Artículo 37. Gratificaciones por servicios extraordinarios y horas extraordinarias.
  45. TÍTULO IV
  46. Artículo 38. Operaciones de endeudamiento a largo plazo.
  47. Artículo 39. Operaciones de endeudamiento a corto plazo.
  48. Artículo 40. Avales de la Generalidad.
  49. Artículo 41. Garantías de la Generalidad. 2 redacciones · cambió el 07/04/2022
  50. Artículo 42. Información sobre endeudamientos y avales.
  51. Artículo 43. Fondos para las Empresas Culturales.
  52. TÍTULO V
  53. Artículo 44. Canon del agua.
  54. Artículo 45. Actualización de las tasas con tipo de cuantía fija.
  55. TÍTULO VI
  56. Artículo 46. Participación de los entes locales en los ingresos de la Generalidad.
  57. Artículo 47. Participación de los entes locales en los ingresos del Estado.
  58. Artículo 48. Fondo de Cooperación Local de Cataluña. Municipios.
  59. Artículo 49. Fondo de Cooperación Local de Cataluña. Arán y comarcas.
  60. Artículo 50. Fondo de Cooperación Local de Cataluña. Entidades municipales descentralizadas.
  61. Artículo 51. Envío de documentación.
  62. Artículo 52. Compensaciones económicas a favor de ayuntamientos.
  63. TÍTULO VII
  64. Artículo 53. Parlamento de Cataluña.
  65. Artículo 54. Síndic de Greuges, Consejo de Garantías Estatutarias, Sindicatura de Cuentas y Oficina Antifraude de Cataluña.
  66. Artículo 55. Consejo de Trabajo, Económico y Social de Cataluña; Consejo del Audiovisual de Cataluña, y Autoridad Catalana de Protección de Datos.
  67. I. MEDIDAS EN MATERIA ECONÓMICA
  68. Disposición adicional primera. Interés legal del dinero e interés de demora.
  69. II. MEDIDAS EN MATERIA DE PERSONAL
  70. Disposición adicional segunda. Régimen aplicable a las entidades del sector público de salud.
  71. Disposición adicional tercera. Régimen aplicable a la Institución Catalana de Investigación y Estudios Avanzados y a los centros Cerca.
  72. Disposición adicional cuarta. Régimen aplicable al Instituto Catalán de Finanzas.
  73. Disposición adicional quinto. Régimen aplicable a Ferrocarriles de la Generalidad.
  74. Disposición adicional sexta. Régimen aplicable al Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña y a la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña.
  75. Disposición adicional séptima. Medidas del Parlamento de Cataluña, el Consejo de Garantías Estatutarias, la Sindicatura de Cuentas, el Síndic de Greuges y la Oficina Antifraude de Cataluña.
  76. Disposición adicional octava. Plan Serra Húnter.
  77. Disposición adicional novena. Incremento retributivo.
  78. Disposición adicional décima. Complemento de productividad.
  79. III. MEDIDAS EN MATERIA DE UNIVERSIDADES
  80. Disposición adicional undécima. Medidas de contención y de equilibrio presupuestario de las universidades públicas.
  81. IV. MEDIDAS EN MATERIA CULTURAL
  82. Disposición adicional duodécima. Importe máximo de garantía para obras de interés cultural relevante.
  83. V. MEDIDAS EN MATERIA DE SALUD
  84. Disposición adicional decimotercera. Ingresos propios en materia de servicios sanitarios.
  85. Disposición adicional decimocuarta. Convenios del Instituto Catalán de la Salud y del Departamento de Derechos Sociales.
  86. Disposición adicional decimoquinta. Servicio de tesorería del Instituto Catalán de la Salud.
  87. VI. MEDIDAS EN MATERIA DE BIENESTAR SOCIAL
  88. Disposición adicional decimosexta. Cartera de servicios sociales.
  89. Disposición adicional decimoséptima. Indicador de renta de suficiencia.
  90. Disposición adicional decimoctava. Prestaciones sociales de carácter económico.
  91. Disposición adicional decimonovena. Cuantía de la prestación para el mantenimiento de los gastos del hogar para determinados colectivos.
  92. Disposición adicional vigésima. Promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
  93. Disposición adicional vigésima primera. Prestación por la acogida de menores de edad tutelados por la Generalidad.
  94. Disposición adicional vigésima segunda. Prestación para menores de edad en situación de riesgo.
  95. Disposición adicional vigésima tercera. Prórroga de compromisos económicos con entidades de economía social o del tercer sector.
  96. Disposición adicional vigésima cuarta. Cuantía de las ayudas asistenciales para la protección de los cónyuges supervivientes.
  97. VII. MEDIDAS EN MATERIA DE EDUCACIÓN
  98. Disposición adicional vigésima quinta. Medidas para la reducción de las ratios en el curso de P3.
  99. Disposición final primera. Modificación del Decreto-ley 5/2021, de 2 de febrero, por el que se aprueban medidas urgentes para la implementación y gestión de los fondos procedentes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y del fondo REACT-EU para la Administración de la Generalidad de Cataluña y su sector público.
  100. Disposición final segunda. Adaptaciones técnicas como consecuencia de reorganizaciones administrativas.
  101. Disposición final tercera. Modificación de las estructuras presupuestarias.
  102. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  103. [firma]
  104. ANEXO 1
  105. ANEXO 2
  106. RESÚMENES DE LOS ESTADOS DE INGRESOS Y GASTOS