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Legislación › Ley 1/2021, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2022.

Disposición adicional quinto. Régimen aplicable a Ferrocarriles de la Generalidad.

Disposición adicional quinto. Régimen aplicable a Ferrocarriles de la Generalidad.

A Ferrocarriles de la Generalidad, sin perjuicio de lo establecido por la Ley 21/2015, de 29 de julio, de financiación del sistema de transporte ferroviario de Cataluña, le son aplicables el artículo 26.1 a 5, el artículo 29.1 y 2, el artículo 33 y el artículo 34.1 y 2.

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