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Legislación › Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco.

Artículo 139. Asesoramiento y asistencia técnica.

Artículo 139. Asesoramiento y asistencia técnica.

La inspección de la actividad física y del deporte asumirá asimismo el asesoramiento sobre requisitos para la apertura o funcionamiento de centros de actividad física y de deporte y en todas aquellas materias reguladas en esta ley al objeto de garantizar el correcto cumplimiento de la misma.

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