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Legislación › Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears.

Artículo 118. Distinción empresarial deportiva.

Artículo 118. Distinción empresarial deportiva.

1. La administración deportiva del Gobierno de las Illes Balears en el ámbito del deporte fomentará, a través de su reconocimiento, la colaboración con el deporte de las sociedades mercantiles y de otras entidades privadas con personalidad jurídica propia.

2. Se podrá establecer un sistema de distinciones instituido para reconocer y premiar actuaciones de las sociedades mercantiles y otras entidades con personalidad jurídica propia destacadas por sus actuaciones de patrocinio privado y de promoción del deporte en las Illes Balears.

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