Legislación › Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
Artículo 148. Independencia.
Artículo 148. Independencia.
El Órgano de evaluación de las políticas de empleo e inclusión actuará en el desarrollo de sus funciones con plena independencia funcional y objetividad.
La persona titular y el personal adscrito al citado órgano no podrán solicitar o aceptar instrucciones de entidades públicas o privadas.
Téngase en cuenta que esta modificación, establecida por la disposición final 1.7 de la Ley 15/2023, de 21 de diciembre. BOE-A-2024-899, entra en vigor el 29 de junio de 2024, según determina su disposición final 5.
Redacción anterior:
"El Órgano de Evaluación, Investigación e Innovación en materia de Inclusión actuará en el desarrollo de sus funciones con plena independencia funcional y objetividad.
La persona titular y el personal adscrito al citado órgano no podrán solicitar o aceptar instrucciones de entidades públicas o privadas."
Se modifica por la disposición final 1.7 de la Ley 15/2023, de 21 de diciembre. BOE-A-2024-899
Esta modificación tiene efectos desde el 29 de junio de 2024, según establece la disposición final 5.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de junio de 2024 En vigor | BOE-A-2024-899 | Leer | Qué cambió |
| 29 de marzo de 2023 | Texto original | Leer |


