Legislación › Ley 14/2022, de 22 de diciembre, del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos y para la Inclusión.
Artículo 44. Suspensión por ocupación de una plaza temporal de un servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario, financiada en su integridad con fondos públicos.
Artículo 44. Suspensión por ocupación de una plaza temporal de un servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario, financiada en su integridad con fondos públicos.
1. En caso de que la persona titular o beneficiaria ocupe una plaza temporal de un servicio residencial de carácter social, sanitario o sociosanitario, financiado en su integridad con fondos públicos, la suspensión afectará exclusivamente al complemento individual correspondiente a la persona usuaria.
2. La suspensión del complemento individual que corresponda se acordará en el marco del procedimiento de actualización de la cuantía de la prestación a que se refiere el artículo 82, sin perjuicio de lo que resulte del procedimiento de control.


