LexTotal

Legislación › Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas.

Artículo 13. Composición.

Artículo 13. Composición.

El Pleno del Consejo General, órgano máximo de representación del Consejo General en los ámbitos estatal e internacional, está integrado por la persona titular de la Presidencia del Consejo General, y de las personas titulares de la Presidencia de las organizaciones colegiales de ámbito territorial de Ópticos-Optometristas. Asimismo, formará parte del Pleno la persona representante a la que se refiere el artículo 15.5.

← Artículo 12 Índice Artículo 14 →