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Legislación › Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas.

Artículo 25. Vicesecretaría General.

Artículo 25. Vicesecretaría General.

La persona titular de la Vicesecretaría General suplirá a la persona titular de la Secretaría del Consejo General en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.

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