Legislación › Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas.
Artículo 25. Vicesecretaría General.
Artículo 25. Vicesecretaría General.
La persona titular de la Vicesecretaría General suplirá a la persona titular de la Secretaría del Consejo General en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.


