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Legislación › Decreto Foral Legislativo 2/2023, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Disposición adicional quinta. Actividades prioritarias de mecenazgo social, medioambiental y deportivo.

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Disposición adicional quinta. Actividades prioritarias de mecenazgo social, medioambiental y deportivo.
1. Mediante ley foral se podrá establecer el carácter prioritario de determinadas actividades de mecenazgo social, medioambiental y deportivo, así como de entidades beneficiarias de dichas actividades de mecenazgo.
2. En relación con dichas actividades, la ley foral podrá elevar en cinco puntos porcentuales, como máximo, los porcentajes y límites de las deducciones en la cuota establecidos en este texto refundido.
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2023 En vigor BOE-A-2024-1694 Leer Qué cambió
14 de junio de 2023 Texto original Leer

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