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Decreto Foral Legislativo 2/2023, de 24 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

En vigor Comunidad Foral de Navarra · Publicada el 15 de julio de 2023 · Último cambio el 31 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo único. Aprobación del texto refundido.
  3. Disposición adicional única. Remisiones normativas.
  4. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  5. Disposición final única. Entrada en vigor.
  6. [firma]
  7. TEXTO
  8. TÍTULO I
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 1. Entidades beneficiarias del régimen tributario especial.
  11. Artículo 2. Requisitos.
  12. Artículo 3. Opción por el régimen tributario especial.
  13. Artículo 4. Pérdida del régimen tributario especial.
  14. CAPÍTULO II
  15. Sección 1
  16. Artículo 5. Ámbito de aplicación y normativa aplicable.
  17. Artículo 6. Rentas exentas.
  18. Artículo 7. Gastos no deducibles.
  19. Artículo 8. Tipo de gravamen.
  20. Artículo 9. Cuota líquida y cuota reducida.
  21. Artículo 10. Obligación de presentar autoliquidación.
  22. Sección 2
  23. Artículo 11. Exenciones.
  24. Sección 3
  25. Artículo 12. Contribución Territorial.
  26. Artículo 13. Impuesto sobre Actividades Económicas.
  27. Artículo 14. Procedimiento. Compensación.
  28. TÍTULO II
  29. CAPÍTULO I
  30. Artículo 15. Donaciones.
  31. Sección 1
  32. Artículo 16. Deducciones por donaciones.
  33. Artículo 17. Límite de las deducciones.
  34. Artículo 18. Incrementos y disminuciones patrimoniales.
  35. Sección 2
  36. Artículo 19. Deducciones por donaciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
  37. Artículo 20. Límites de las deducciones.
  38. Artículo 21. Rentas positivas o negativas originadas por las donaciones.
  39. Sección 3
  40. Artículo 22. Convenio de colaboración.
  41. Artículo 23. Incentivos fiscales.
  42. CAPÍTULO II
  43. Sección 1
  44. Subsección 1
  45. Artículo 24. Concepto y modalidades de mecenazgo cultural.
  46. Artículo 25. Personas y entidades beneficiarias del mecenazgo cultural.
  47. Artículo 26. Concepto de proyecto o actividad cultural.
  48. Artículo 27. Consideración de interés social.
  49. Artículo 28. Declaración de interés social a instancia de las personas o entidades beneficiarias.
  50. Artículo 29. Declaración de interés social de programas-tipo de proyectos o actividades culturales.
  51. Subsección 2
  52. Artículo 30. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 2 redacciones · cambió el 31/12/2024
  53. Artículo 31. Impuesto sobre Sociedades.
  54. Artículo 32. Otros incentivos fiscales.
  55. Sección 2
  56. Artículo 33. Concepto y modalidades de mecenazgo social.
  57. Artículo 34. Entidades beneficiarias del mecenazgo social. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
  58. Artículo 35. Solicitud y reconocimiento del régimen tributario aplicable al mecenazgo social. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
  59. Sección 3
  60. Artículo 36. Concepto y modalidades de mecenazgo medioambiental.
  61. Artículo 37. Entidades beneficiarias del mecenazgo medioambiental.
  62. Artículo 38. Solicitud y reconocimiento del régimen tributario aplicable al mecenazgo medioambiental.
  63. Sección 4
  64. Artículo 39. Concepto y modalidades de mecenazgo deportivo.
  65. Artículo 40. Personas y entidades beneficiarias del mecenazgo deportivo.
  66. Artículo 41. Concepto de actividad deportiva declarada de interés social.
  67. Artículo 42. Solicitud de declaración de interés social.
  68. Sección 5
  69. Artículo 43. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. 3 redacciones · cambió el 31/12/2024
  70. Artículo 44. Impuesto sobre Sociedades. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
  71. Artículo 45. Otros incentivos fiscales.
  72. CAPÍTULO III
  73. Artículo 46. Adquisición de obras de arte.
  74. Artículo 47. Gastos en actividades de interés general y fomento de determinadas artes.
  75. CAPÍTULO IV
  76. Artículo 48. Requisitos comunes para la aplicación de los incentivos fiscales.
  77. Artículo 49. Límites de algunas deducciones.
  78. Artículo 50. Incompatibilidad de los incentivos fiscales.
  79. Disposición adicional primera. Aplicación a otras entidades del régimen tributario especial regulado en el título I. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
  80. Disposición adicional segunda. Aplicación a otras entidades del régimen tributario de las donaciones y de los convenios de colaboración. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
  81. Disposición adicional tercera. Donaciones realizadas por las personas físicas a los partidos políticos.
  82. Disposición adicional cuarta. Actividades y proyectos prioritarios de mecenazgo cultural, social, medioambiental y deportivo. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
  83. Disposición adicional quinta. Actividades prioritarias de mecenazgo social, medioambiental y deportivo. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
  84. Disposición adicional sexta. Reconocimiento público de la condición de mecenas.
  85. Disposición adicional séptima. Valoración del cumplimiento de los fines del mecenazgo cultural e información al Parlamento de Navarra.
  86. Disposición adicional octava. Aplicación informática en apoyo del mecenazgo cultural.
  87. Disposición transitoria primera. Comunicación de la opción por la aplicación del régimen tributario especial.
  88. Disposición transitoria segunda. Valoración de bienes.
  89. Disposición final única. Habilitación normativa.