Legislación › Real Decreto 663/2023, de 18 de julio, por el que se regula el control del rendimiento lechero para la evaluación genética en las especies bovina, ovina y caprina, se establecen las bases reguladoras de las subvenciones al control de rendimiento lechero y se modifican diversos reales decretos en materia agraria.
Artículo 16. Laboratorio nacional de referencia.
Artículo 16. Laboratorio nacional de referencia.
1. Los laboratorios nacionales de referencia en el ámbito de aplicación de este real decreto son los previstos en la Orden por la que se designan los laboratorios nacionales de referencia en materia agroalimentaria y de sanidad de la producción primaria.
Además de las funciones previstas en el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, llevarán a cabo las previstas en el apartado 2.
2. Dicho laboratorio se encargará, en el ámbito de sus competencias, de las funciones siguientes:
a) Coordinar y organizar de manera periódica ensayos de intercomparación con el fin de armonizar los métodos de análisis de leche con los laboratorios de control lechero y contrastación de sus resultados, e informar anualmente a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación del resultado de aquéllos.
b) Prestar apoyo técnico y formativo a los laboratorios de control lechero apoyando e impulsando su acreditación.
c) Participar en la red de laboratorios de referencia del ICAR, así como asistir a sus reuniones y grupos de trabajo, y dar a conocer a los laboratorios de control lechero las propuestas, informes y demás consideraciones técnicas que se adopten en su seno.
d) Revisar los métodos de análisis, así como estudiar, evaluar y promover nuevas determinaciones analíticas con el fin de incrementar la información obtenida de las muestras de control lechero y mejorar la calidad de los resultados analíticos.
Se modifica el apartado 1 por la disposición final 17.2 del Real Decreto 682/2026, de 26 de agosto. BOE-A-2026-20270
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2026 En vigor | BOE-A-2026-20270 | Leer | Qué cambió |
| 21 de julio de 2023 | Texto original | Leer |


