Legislación › Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia.
Disposición transitoria segunda. Vigencia transitoria de los reglamentos de juego.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de octubre de 2023 y la del 1 de enero de 2025.
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Disposición transitoria segunda. Vigencia transitoria de los reglamentos de juego.
En tanto Hasta que el Consello Consejo de la Xunta de Galicia no haga uso de la facultad a que se refiere la disposición final primera cuarta seguirán en vigor las normas reglamentarias sobre juego en todo lo que no se oponga opongan a la presente esta ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2025 En vigor | BOE-A-2025-2145 | Leer | Qué cambió |
| 6 de octubre de 2023 | Texto original | Leer |
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