Legislación › Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Artículo 5. Ministerio de Hacienda.
Artículo 5. Ministerio de Hacienda.
1. Corresponde al Ministerio de Hacienda la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de hacienda pública, de presupuestos y de gastos, además del resto de competencias y atribuciones que le confiere el ordenamiento jurídico.
2. Este Ministerio se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Hacienda.
b) La Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre. BOE-A-2023-26727
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2023-26727 | Leer | Qué cambió |
| 21 de noviembre de 2023 | Texto original | Leer |


