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Legislación › Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del Cambio Climático y la Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional sexta. Evaluación de impacto ambiental.

Disposición adicional sexta. Evaluación de impacto ambiental.

La conselleria competente en materia de medio ambiente y cambio climático en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley, establecerá orientaciones en las cuales se indiquen las pautas que se tienen que seguir para la incorporación del cambio climático en el procedimiento de evaluación ambiental de planes, programas y proyectos.

Se modifica por el art. 292 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. BOE-A-2025-11959

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-11959 Leer Qué cambió
10 de diciembre de 2022 Texto original Leer

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