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Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 9 de enero de 2023 · Último cambio el 20 de diciembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definición de economía social.
- Artículo 4. Principios orientadores de las entidades de economía social.
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Entidades de la economía social de Aragón.
- Artículo 6. Catálogo de entidades de la economía social de Aragón.
- Artículo 7. Organización de las entidades de economía social.
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Políticas públicas y objetivos.
- Artículo 9. Fomento de la economía social.
- Artículo 10. Políticas activas en materia educativa.
- Artículo 11. Políticas activas en materia de empleo.
- Artículo 12. Formación en el ámbito de la economía social.
- Artículo 13. Promoción de las entidades de economía social en el medio rural.
- Artículo 14. Impulso de la responsabilidad social empresarial y la igualdad en las entidades de la economía social de Aragón.
- Artículo 15. Apoyo a la internacionalización de entidades de economía social.
- Artículo 16. Apoyo a la innovación de las entidades de la economía social.
- Artículo 17. Reconocimiento social de las entidades de economía social.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 18. Principio general.
- Artículo 19. Declaración de inversión de interés autonómico de proyectos de economía social.
- Artículo 20. Plataforma de Economía Social.
- CAPÍTULO V
- Artículo 21. Apoyo económico de nuevas iniciativas de economía social.
- Artículo 22. Otras medidas públicas de apoyo.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 23. Plan Aragonés de Impulso de la Economía Social.
- Artículo 24. Procedimiento y aprobación del Plan.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 25. Creación del Consejo Aragonés de la Economía Social.
- Artículo 26. Funciones.
- Artículo 27. Composición.
- Artículo 28. Nombramientos y ceses.
- Artículo 29. Funcionamiento.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 30. Divulgación de la información relativa a la economía social.
- Disposición adicional primera. Términos genéricos.
- Disposición adicional segunda. Coordinación con el Consejo Aragonés del Cooperativismo.
- Disposición adicional tercera. Adaptación normativa.
- Disposición adicional cuarta. Plan Aragonés de Impulso de la Economía Social.
- Disposición adicional quinta. No incremento de consignaciones presupuestarias.
- Disposición adicional sexta. Informatización de los registros.
- Disposición adicional séptima. Estadística de la economía social.
- Disposición adicional octava. Participación institucional.
- Disposición adicional novena. Fomento de la accesibilidad.
- Disposición adicional décima. Constitución del Consejo Aragonés de la Economía Social.
- Disposición adicional undécima. Dotación presupuestaria del Plan Aragonés de Impulso de la Economía Social.
- Disposición final primera. Definición de procedimientos y trámites.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Disposición final tercera. Modificación del texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, del Gobierno de Aragón.
- Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 9/1990, de 9 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Aragón.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]


