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Legislación › Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.

Artículo 19. Aplicación de reducciones y penalizaciones en superficies utilizadas en común.

Artículo 19. Aplicación de reducciones y penalizaciones en superficies utilizadas en común.

En las solicitudes de ayudas en las que se declaren pastos permanentes utilizados en común, aparcería comunal u otros recintos declarados por más de un solicitante, sin delimitación gráfica de las parcelas agrícolas de cada agricultor, conforme a la excepción prevista en el artículo 106.6 del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, las penalizaciones, consistentes en la denegación o retirada, reducción o exclusión de la ayuda, se aplicarán proporcionalmente de acuerdo con el porcentaje de asignación de superficie del certificado de adjudicación o de participación de cada persona beneficiaria.

Se modifica por el art. 8.4 del Real Decreto 92/2024, de 23 de enero. BOE-A-2024-1308

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de enero de 2024 En vigor BOE-A-2024-1308 Leer Qué cambió
2 de marzo de 2023 Texto original Leer

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