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Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.

En vigor Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación · Publicada el 1 de marzo de 2023 · Último cambio el 15 de octubre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Reglas generales.
  6. Artículo 4. Penalizaciones. 2 redacciones · cambió el 24/01/2024
  7. Artículo 5. Supuestos de inaplicación de las penalizaciones.
  8. Artículo 6. Facilitar datos falsos o información incorrecta intencionadamente.
  9. Artículo 7. Casos en que se impide la realización de un control. 2 redacciones · cambió el 09/10/2024
  10. Artículo 8. Creación de condiciones artificiales.
  11. Artículo 9. Suspensión.
  12. Artículo 10. Planes nacionales de control y normativa autonómica.
  13. TÍTULO I
  14. CAPÍTULO I
  15. Artículo 11. Ámbito de aplicación.
  16. Artículo 12. Presentación de la solicitud fuera de plazo.
  17. Artículo 13. Declaración incompleta de superficies de todas las parcelas agrícola.
  18. Artículo 14. Condicionalidad.
  19. Artículo 15. Orden en la aplicación de diferentes penalizaciones. 2 redacciones · cambió el 15/10/2025
  20. Artículo 16. Límite individual o límite máximo individual.
  21. Artículo 16 bis. Incumplimientos detectados en los controles por monitorización.
  22. CAPÍTULO II
  23. Artículo 17. Principios generales. 2 redacciones · cambió el 15/10/2025
  24. Artículo 18. Penalización por sobredeclaración de superficies. 2 redacciones · cambió el 24/01/2024
  25. Artículo 19. Aplicación de reducciones y penalizaciones en superficies utilizadas en común. 2 redacciones · cambió el 24/01/2024
  26. CAPÍTULO III
  27. Artículo 20. Principios generales.
  28. Artículo 21. Consideraciones específicas en relación con la detección de incumplimientos en el sistema de identificación y registro de animales de la especie bovina, ovina o caprina.
  29. Artículo 22. Flexibilidades respecto al retraso en las notificaciones de identificación y registro de los animales potencialmente subvencionables.
  30. Artículo 23. Cálculo de las penalizaciones.
  31. Artículo 24. Supuestos de inaplicación de las penalizaciones en casos de circunstancias naturales.
  32. CAPÍTULO IV
  33. Sección 1
  34. Artículo 25. Presentación fuera de plazo de una solicitud relativa a derechos de pago.
  35. Artículo 26. Recuperación de derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad indebidamente asignados por la reserva nacional.
  36. Sección 2
  37. Artículo 27. Reducciones aplicables en el cálculo de la ayuda.
  38. Sección 3
  39. Artículo 28. Penalizaciones en supuestos distintos de las sobredeclaraciones de superficies en la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras.
  40. Sección 4
  41. Artículo 29. Penalizaciones en los regímenes en favor del clima y del medio ambiente. 3 redacciones · cambió el 09/10/2024
  42. Sección 4 bis
  43. Artículo 29 bis. Penalizaciones en supuestos distintos de las sobredeclaraciones de superficies en los pagos directos asociados a los agricultores.
  44. Sección 5
  45. Artículo 30. Penalizaciones relativas a la ayuda adicional al pago especifico al cultivo del algodón.
  46. CAPÍTULO V
  47. Artículo 31. Incumplimiento de los requisitos de subvencionabilidad distintos de la superficie o del número de animales, así como de compromisos u otras obligaciones.
  48. Artículo 32. Retirada de la ayuda.
  49. TÍTULO II
  50. CAPÍTULO I
  51. Artículo 33. Ámbito de aplicación.
  52. Artículo 34. Penalización por importes no subvencionables.
  53. Artículo 35. Penalización derivada del incumplimiento de las condiciones establecidas para inversiones en activos materiales e inmateriales.
  54. Artículo 36. Penalización por incumplimiento del método de financiación.
  55. Artículo 37. Penalización por incumplimiento de objetivos.
  56. Artículo 38. Penalizaciones derivadas de los controles de las operaciones de retirada.
  57. Artículo 39. Penalizaciones aplicables a los destinatarios de productos retirados del mercado.
  58. Artículo 40. Penalizaciones en relación con la cosecha en verde y la no recolección de la cosecha.
  59. Artículo 41. Penalizaciones en relación con las solicitudes de pago presentadas fuera de plazo.
  60. Artículo 42. Penalización en relación con la falsedad de datos en las declaraciones responsables.
  61. CAPÍTULO II
  62. Artículo 43. Ámbito de aplicación.
  63. Artículo 44. Reducciones de la ayuda por ejecución incompleta de una operación de las intervenciones de reestructuración y reconversión de viñedos o de inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, o de un programa de la intervención de promoción y comunicación en terceros pa 3 redacciones · cambió el 09/10/2024
  64. Artículo 45. Reducciones adicionales de la ayuda en la intervención de reestructuración y reconversión de viñedos. 3 redacciones · cambió el 15/10/2025
  65. Artículo 46. Reducciones de la ayuda adicionales en la intervención de inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización.
  66. Artículo 47. Reducciones de la ayuda adicionales en la intervención de promoción y comunicación en terceros países.
  67. Artículo 48. Reducciones de la ayuda en la intervención de cosecha en verde. 2 redacciones · cambió el 24/01/2024
  68. Artículo 49. Reducciones de la ayuda en la intervención de destilación de subproductos. 2 redacciones · cambió el 09/10/2024
  69. CAPÍTULO III
  70. Artículo 50. Ámbito de aplicación.
  71. Artículo 51. Penalizaciones tras controles de subvencionabilidad de los gastos de la solicitud de pago.
  72. Artículo 52. Penalizaciones por incumplimiento de los requisitos de subvencionabilidad y compromisos u otras obligaciones de la solicitud de ayuda y de pago. 2 redacciones · cambió el 09/10/2024
  73. CAPÍTULO IV
  74. Artículo 53. Ámbito de aplicación.
  75. Artículo 54. Reducciones de la ayuda en las intervenciones de la Intervención Sectorial Apícola. 3 redacciones · cambió el 15/10/2025
  76. Disposición adicional primera. No incremento del gasto público.
  77. Disposición adicional segunda. Recuperación de pagos indebidos.
  78. Disposición transitoria primera. Excepciones para la campaña 2023 para las penalizaciones en los regímenes en favor del clima y del medio ambiente. 2 redacciones · cambió el 24/01/2024
  79. Disposición transitoria segunda. Cálculo de la ayuda de la cosecha en verde.
  80. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  81. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
  82. Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre por el que se regula el potencial de producción vitícola.
  83. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
  84. Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común.
  85. Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 1045/2022, de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola Común.
  86. Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común.
  87. Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
  88. Disposición final octava. Modificación del Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de O
  89. Disposición final novena. Modificación del Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola.
  90. Disposición final décima. Modificación del Real Decreto 676/2016, de 16 de diciembre, por el que se regula el sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina.
  91. Disposición final undécima. Título competencial.
  92. Disposición final duodécima. Facultad de modificación.
  93. Disposición final decimotercera. Entrada en vigor.
  94. [firma]
  95. ANEXO
  96. ANEXO I
  97. ANEXO II