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Legislación › Real Decreto 147/2023, de 28 de febrero, por el que se establecen las normas para la aplicación de penalizaciones en las intervenciones contempladas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se modifican varios reales decretos por los que se regulan distintos aspectos relacionados con la aplicación en España de la Política Agrícola Común para el período 2023-2027.

Artículo 7. Casos en que se impide la realización de un control.

Artículo 7. Casos en que se impide la realización de un control.

Cuando la persona solicitante o beneficiaria impida o ponga cualquier obstáculo a la realización de cuantos controles sean necesarios, se desestimará la correspondiente solicitud, ya sea de ayuda, de pago, de reconocimiento o de aprobación de un programa operativo, o la solicitud con respecto a la parte del gasto correspondiente de un programa operativo, o cualquier otra solicitud de una intervención del Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común (PAC).

Se modifica por el art. 5.1 del Real Decreto 1028/2024, de 8 de octubre. BOE-A-2024-20404

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
10 de octubre de 2024 En vigor BOE-A-2024-20404 Leer Qué cambió
2 de marzo de 2023 Texto original Leer

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