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Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales en materia de bienestar animal, y se modifican varios reales decretos.

En vigor Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática · Publicada el 8 de marzo de 2023 · Último cambio el 6 de febrero de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo 1. Objeto. 2 redacciones · cambió el 23/04/2025
  3. Artículo 2. Intercambio de información y puntos de contacto.
  4. Artículo 3. Plan de bienestar animal. 2 redacciones · cambió el 23/04/2025
  5. Artículo 4. Centro Nacional de Referencia de bienestar animal. 2 redacciones · cambió el 06/02/2026
  6. Artículo 5. Régimen sancionador.
  7. Disposición adicional primera. No incremento de gasto público.
  8. Disposición adicional segunda. Plazo para designar el Centro Nacional de Referencia de bienestar animal.
  9. Disposición adicional tercera. Mesa de coordinación sobre bienestar y protección de los animales mantenidos con fines agrarios y para la acuicultura. 2 redacciones · cambió el 06/02/2026
  10. Disposición transitoria primera. Designación temporal del Instituto de Investigación y Tecnología Agroalimentarias (IRTA) como centro de referencia para el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
  11. Disposición transitoria segunda. Plazo para disponer del Plan de bienestar animal del artículo 3.c) del Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas.
  12. Disposición transitoria tercera. Adaptación a la disposición final cuarta. 2 redacciones · cambió el 23/04/2025
  13. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.
  14. Disposición final segunda. Modificación del Real Decreto 348/2000, de 10 de marzo, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico la Directiva 98/58/CE, relativa a la protección de los animales en las explotaciones ganaderas.
  15. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, por el que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras.
  16. Disposición final cuarta. Modificación del Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos. 2 redacciones · cambió el 21/11/2025
  17. Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto 361/2009, de 20 de marzo, por el que se regula la información sobre la cadena alimentaria que debe acompañar a los animales destinados a sacrificio.
  18. Disposición final sexta. Modificación del Real Decreto 692/2010, de 20 de mayo, por el que se establecen las normas mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne y se modifica el Real Decreto 1047/1994, de 20 de mayo, relativo a las normas mínimas para la protección de terneros.
  19. Disposición final séptima. Modificación del Real Decreto 37/2014, de 24 de enero, por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza.
  20. Disposición final octava. Modificación del Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios y se regulan actividades excluidas de su ámbito de aplicación.
  21. Disposición final novena. Carácter básico y título competencial.
  22. Disposición final décima. Entrada en vigor.
  23. [firma]