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Legislación › Real Decreto 159/2023, de 7 de marzo, por el que se establecen disposiciones para la aplicación en España de la normativa de la Unión Europea sobre controles oficiales en materia de bienestar animal, y se modifican varios reales decretos.

Disposición adicional tercera. Mesa de coordinación sobre bienestar y protección de los animales mantenidos con fines agrarios y para la acuicultura.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de marzo de 2023 y la del 7 de febrero de 2026. Tachado: lo que se quitó (68 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera. Mesa de coordinación sobre bienestar y protección de los animales mantenidos con fines agrarios y para la acuicultura.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación creará la Mesa de coordinación sobre bienestar y protección de los animales mantenidos con fines agrarios y para la acuicultura como grupo de trabajo en materia de bienestar y protección de los animales mantenidos con fines agrarios y animales de la acuicultura, adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios. (Suprimido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
7 de febrero de 2026 En vigor BOE-A-2026-2727 Leer Qué cambió
9 de marzo de 2023 Texto original Leer

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