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Legislación › Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

Artículo 25. Alianzas interuniversitarias.

Artículo 25. Alianzas interuniversitarias.

Las Administraciones Públicas y las universidades, en el ámbito de sus respectivas competencias, fomentarán y facilitarán la creación y participación en alianzas interuniversitarias, así como la participación en proyectos internacionales, supranacionales o eurorregionales con instituciones de educación superior y organismos de investigación pertenecientes a otros países u organizaciones internacionales.

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