Legislación › Ley 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico.
Artículo 17. Medios de comunicación social.
Artículo 17. Medios de comunicación social.
Las Administraciones públicas prestarán su colaboración con los medios de comunicación a través de los mecanismos, procedimientos e instrumentos oportunos a fin de facilitar la transmisión de conocimientos e informaciones a la sociedad en materia de demografía.


