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Legislación › Ley 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico.

Artículo 17. Medios de comunicación social.

Artículo 17. Medios de comunicación social.

Las Administraciones públicas prestarán su colaboración con los medios de comunicación a través de los mecanismos, procedimientos e instrumentos oportunos a fin de facilitar la transmisión de conocimientos e informaciones a la sociedad en materia de demografía.

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