Legislación › Real Decreto 517/2024, de 4 de junio, por el que se desarrolla el régimen jurídico para la utilización civil de sistemas de aeronaves no tripuladas (UAS), y se modifican diversas normas reglamentarias en materia de control a la importación de determinados productos respecto a las normas aplicables en materia de seguridad de los productos; demostraciones aéreas civiles; lucha contra incendios y búsqueda y salvamento y requisitos en materia de aeronavegabilidad y licencias para otras actividades aeronáuticas; matriculación de aeronaves civiles; compatibilidad electromagnética de los equipos eléctricos y electrónicos; Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea; y notificación de sucesos de la aviación civil.
Artículo 55. Obligaciones de comunicar la transmisión de las aeronaves no tripuladas.
Artículo 55. Obligaciones de comunicar la transmisión de las aeronaves no tripuladas.
(Anulado)
Se declara la nulidad por Sentencia del TS de 19 de junio de 2025. BOE-A-2025-14308
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 11 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-14308 | Leer | Qué cambió |
| 25 de junio de 2024 | Texto original | Leer |


