LexTotal

Legislación › Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, de Gestión Piscícola de Navarra.

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta ley foral y en particular:

1. De la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, se derogan:

– Título II.

– Sección 2.ª del Título IV.

– Disposición adicional cuarta.

2. Del Decreto Foral 48/2007, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra, su Título II.

← Disposición transitoria cuarta Índice Disposición final primera →