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Legislación › Ley Foral 21/2023, de 26 de diciembre, de Gestión Piscícola de Navarra.

Disposición transitoria cuarta. Vigencia licencias de pesca.

Disposición transitoria cuarta. Vigencia licencias de pesca.

Hasta en tanto no se determine por el Departamento competente en materia de gestión piscícola, las clases de licencia, su vigencia y el procedimiento para su expedición, la vigencia de las licencias de pesca será de un año.

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